La trabajadora en estado de gravidez o gozando de permiso pre y postnatal no podrá ser despedida, salvo por causa justificada previamente establecida por el Ministerio del Trabajo.
Del mismo modo, facilitar la contratación y el despido de trabajadores hace que las empresas estén más dispuestas a contratar a jóvenes y mujeres, que son a menudo los miembros más marginados de la sociedad.
El Código Laboral en el Artículo 144 prohíbe al empleador despedir a la trabajadora en estado de gravidez o gozando de permiso pre y postnatal, salvo por causa justificada y previamente establecida por el Ministerio del Trabajo.