Dos o más hermanas consanguíneas: heredan las dos terceras partes cuando no quedan hermanas que sean herederas en línea directa, ni nietos de un hijo, hermanos consanguíneos de ellos, padre o abuelo.
Dos o más nietas de un hijo también reciben las dos terceras partes de los bienes si no quedan dos mujeres que sean herederas en línea directa ni un nieto de un hijo que tenga el mismo grado de parentesco que ellas.
La porción de la viuda es una octava parte si el difunto marido deja un hijo o un nieto de un hijo, siempre que el hijo sea uno de los herederos, sin que importe si su madre es esa misma esposa u otra.
La porción de los bienes que se reparte por igual entre ellas equivale a una cuarta parte si el marido no deja un hijo y a una octava parte si deja a un hijo o a un nieto de un hijo o una hija.