2.Poseemos sistemas legales y jurídicos basados en nuestros derechos colectivos sobre nuestros territorios y los recursos naturales, incluidos los recursos del subsuelo.
3.Estamos indignados por el deterioro acelerado de nuestras tierras, territorios, bosques, agua y su subsuelo y por la continua violación de nuestros derechos.
4.Como parte de esa investigación, los contratistas que trabajaban para la Armada de los Estados Unidos tomaron muestras de tierra en superficie y debajo de ésta, así como del agua subterránea de 10 pozos nuevos.
5.El hecho de introducir en la atmósfera, en el suelo, en el subsuelo o en las aguas de la República, una substancia que pueda poner en peligro la salud de las personas, de los animales o el medio natural.
6.El derecho a usar nuestros bosques, agua y subsuelo, que hemos protegido y utilizado sosteniblemente durante siglos, de la forma en que creamos adecuada, incluyendo sistemas contemporáneos innovadores de uso y gestión de los bosques, es parte de nuestro derecho al desarrollo.
7.Los límites exteriores de la plataforma continental de un Estado definen también la Zona (los fondos marinos y oceánicos y su subsuelo fuera de los límites de la jurisdicción nacional) que, junto con sus recursos, constituye el patrimonio común de la humanidad (artículo 136 de la Convención).
8.Estimamos que todos los temas relacionados con el mandato del Grupo deben estudiarse de manera detallada, entre ellos los vinculados con el patrimonio común de la humanidad y la efectiva distribución de beneficios, de conformidad con los principios del derecho internacional, incluida la Declaración de principios que regulan los fondos marinos y oceánicos y su subsuelo fuera de los límites de la jurisdicción nacional, contenida en la resolución 2749 (XXV) de la Asamblea General y la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.