2.Está prevista la celebración de consultas y la posibilidad de que una parte pida a otra que adopte medidas reparadoras contra las prácticas comerciales restrictivas que tengan efectos transfronterizos negativos.
3.Esto facilita el establecimiento de puntos de referencia en las operaciones en los países, proporciona a la administración la seguridad de que las actividades están siendo administradas a nivel eficiente o suficiente y ayuda a descubrir las operaciones en que es necesario adoptar medidas reparadoras urgentes.