Además, el cadí impondrá el deber legal de hacerse cargo de los correspondientes gastos de mantenimiento a quien considere que incumbe esa responsabilidad.
Además, los legisladores otorgan al cadí autoridad absoluta para aceptar o rechazar la decisión y también para designar a otros dos árbitros como último recurso.
Si el cadí comprobare que ha habido daño y no pudiere saldar las diferencias entre los cónyuges, dispondrá su separación y su decisión será irrevocable.
Si los dos árbitros no se pusieren de acuerdo, el cadí, bajo juramento, adoptará una tercera decisión por separado o elegirá la decisión que prevalecerá.
Los dos árbitros verificarán las razones de la ruptura del vínculo matrimonial y organizarán una reunión entre los integrantes de la pareja con la supervisión del cadí.